29 DE MARZO: 179.º aniversario del otorgamiento de la pensión de Montepío militar a Juana Andrea Solórzano.

Con la muerte del teniente de caballería Pedro Camejo, alias Negro Primero, el 24 de junio de 1821 en la decisiva Batalla de Carabobo, su viuda, Juana Andrea Solórzano, había quedado sola y desasistida, como tantas mujeres que a causa de la Guerra de Independencia se hallaron sin sus esposos, padres o hermanos.

El 14 de septiembre de 1821, desde San Juan de Payara, el general Páez le escribió al presbítero Trinidad Travieso 

“Habiéndome comunicado el teniente Pedro Camejo las últimas disposiciones antes de su fallecimiento, el día de la gloriosa acción de Carabobo, y siéndome preciso elegir una persona de mi confianza que las ponga en ejecución, modeladas por aquel Benemérito Defensor de la Patria, comisiono a usted para este fin, bajo las siguientes instrucciones: pago de deudas y destinar parte del sobrante a sufragios. Se encargará usted de todos los bienes conocidos de la propiedad del teniente Pedro Camejo, o por donación que le hiciere el Estado o por su agencia personal; y la otra parte la entregará a su esposa Juana Andrea Solórzano”.

La historia cuenta que las tierras y el ganado del hato Chaparralito, que el general Páez le había donado al Negro Primero en 1818 por su entrega a la causa de la independencia, fueron vendidas a José Miguel Mirabal. Nadie cuenta qué otros bienes tenía el Negro Primero que le fueran donados por el Estado o que él hubiera obtenido por agencia personal; tampoco se cuenta cuáles eran sus deudas y qué «otra parte» el padre Travieso le entregó a su esposa Juana Andrea. Lo que sí se cuenta es que en 1846 la viuda, residenciada en San Fernando de Apure, casi tocaba «a las puertas de la mendicidad», y fue en ese año cuando reclamó la pensión de montepío militar. 

Debió demostrar con testigos que era pobre de solemnidad y que vivía honradamente sin obtener otros bienes que los que le proporcionaba su trabajo personal; esto la llevó a recurrir al general Páez, quien en papel oficial que tenía un valor de «dos reales», le otorgó el siguiente certificado:

“Certifico que el ciudadano Pedro Camejo se incorporó y tomó servicio en el Ejército de mi mando en esta provincia el año de 1816, y que los continuó hasta el de 1821, que murió en el campo de Carabobo por una herida que recibió de arma de fuego en el momento del combate, y que por su valor sobresaliente mereció el ascenso de teniente de caballería, habiendo principiado su carrera de soldado raso. Y a pedimento de la señora Juana Andrea Solórzano, viuda del citado Camejo y para fines que le convengan, le doy esta, que firmo en los Borales del Frío, el 13 de mayo de 1846”.

Por no saber leer y  escribir, firmaron las solicitudes a ruego de ella los señores C. Gamarra y Manuel Betancourt.

Con el certificado del general José Antonio Páez y los testigos comandante Miguel Pérez, de 51 años de edad, y el coronel Juan Antonio Mirabal, de «sesenta y pico de años», se presentó la viuda de Camejo al Tribunal de Primera Instancia de San Fernando de Apure para pedir justicia.

En el tribunal, Miguel Pérez y Juan Antonio Mirabal declararon que esta mujer —que era pobre de solemnidad y se mantenía honradamente con su trabajo personal— fue legítima esposa del teniente de caballería Pedro Camejo, quien “murió con este grado en el Campo de Carabobo el 24 de junio del año 1821, peleando contra los enemigos de la libertad”.

Juana Andrea también recurrió al párroco de San Fernando de Apure, el padre Julián de los Santos, quien certificó que: “la partida de matrimonio de Pedro José Camejo con Juana Andrea Solórzano no existe en el archivo de esta Santa Iglesia Parroquial. Y para los efectos que corresponde, doy esta que firmo en San Fernando de Apure a 22 días del mes de julio de 1846”.

El mismo día, en la misma hoja, el padre Santos también certificó “que algunos libros parroquiales correspondientes a la Iglesia de San Juan de Payara, que existían en este archivo de San Fernando, fueron destruidos por los insectos, siendo párroco el venerable Juan Bernardo García”.

Los cinco folios que contienen las declaraciones y demás extremos de la ley, expedidos por el Juzgado de Primera Instancia de San Fernando, están elaborados en papel común ordinario y tienen la siguiente nota firmada por el secretario Rosales: “Se devuelven estas diligencias a la interesada, quien, apareciendo ser pobre de solemnidad, no debe abonar ningún derecho al ramo de justicia”.

Una vez cumplidos los preceptos de la ley del 27 de mayo de 1845 y el decreto del Poder Ejecutivo del 20 de junio del mismo año sobre el Montepío Militar, Juana Andrea finalmente formuló su solicitud ante el presidente de la República con todos los recaudos necesarios, incluida una carta de la Junta de Montepío de San Fernando de Apure.

El 29 de marzo de 1847, el Departamento de Guerra y Marina, de acuerdo con la ley aprobada el 27 de mayo de 1845, acordó concederle la cédula número 327, correspondiente al grado de teniente.

Veinticinco años después de la muerte de su valiente esposo, Juana Andrea comenzó a percibir una modesta pensión de 10 pesos mensuales. Esta cédula se reformó el 13 de julio de 1852, conforme a la ley de dicho año y según el artículo 18 del decreto reglamentario.


 OBRAS CONSULTADAS

Archivo General de la Nación. Caracas. Negro Primero. Ilustres Próceres. Tomo 14. Folio 81.

Centro de Historia del estado Trujillo 1976 Boletín Ediciones 27-30. “Negro Primero”. Enfermo acudió a combatir Pedro Camejo. M.A, Palma Labastida.

Carlos Solórzano Márquez: El Negro Primero. Caracas, 1971.

Dávila, Vicente. Diccionario Biográfico de Ilustres Próceres de la Independencia Suramericana. Caracas, Imprenta Bolívar, 1924. T. I.

Rojas Arístides, “El Negro I”. En: Machado, José, Siete estudios históricos de Arístides Rojas. Caracas, Litografía del Comercio, 1924.



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Licdo. Manuel Ortega López

Cronista Oficial del municipio Pedro Camejo del estado Apure

cronistadepedrocamejo@gmail.com



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